Modifican reglamento de protección contra caídas por trabajo en alturas (8:30 a.m.)
22 de Agosto de 2014
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Nota:
62195
El Ministerio del Trabajo estableció que el entrenador de trabajadores en altura debe ser una persona certificada o formada para capacitar tanto trabajadores como coordinadores de estas labores, es decir, debe contar con una formación básica, como título de técnico profesional, tecnólogo o profesional universitario en seguridad y salud en el trabajo o salud ocupacional; o profesional con postgrados (especialización, maestría y doctorado) en esas áreas y licencia vigente en salud ocupacional y seguridad y salud en el trabajo. Además, debe contar con una experiencia certificada mínima de seis meses en actividades de trabajo seguro en alturas, higiene, seguridad, medicina del trabajo, diseño y ejecución en el sistema de gestión de la seguridad, con aplicación del programa de protección y prevención contra caídas. Por otra parte, la resolución también define el perfil del coordinador de trabajo en alturas, el cual debe estar en capacidad de identificar peligros en el sitio en donde se labora y aplicar medidas correctivas inmediatas para controlar los riesgos.
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