Modifican planes de reducción de pérdidas de energía (10:00 a.m.)
10 de Septiembre de 2013
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Nota:
91147
Los planes de reducción de pérdidas de energía, ordenados por los literales c), d) y e) del artículo 3° del Decreto 387 del 2007, entrarán en aplicación una vez cobren vigencia los cargos de distribución aprobados mediante la metodología de remuneración de la actividad de distribución que remplace la establecida en la Resolución 097 del 2008 de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). La norma deroga los literales b) y g) del artículo 3° del mencionado decreto.
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