Modifican criterios para la asignación de recursos para agua potable y saneamiento básico (4:33 p.m.)
06 de Febrero de 2013
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Nota:
86084
El Ministerio de Hacienda modificó los criterios que se tendrán en cuenta para la distribución de recursos del Sistema General de Participaciones destinados a agua potable y saneamiento básico. Según el Decreto 155, se considerará la distribución de estratos por municipio y distrito, población de todo el país, porcentaje de cobertura de los servicios de acueducto y alcantarillado, incluyendo las áreas no municipalizadas de los departamentos Amazonas, Guainía y Vaupés. Dicha información, debidamente certificada por la entidad encargada, deberá ser enviada al Departamento Nacional de Planeación a más tardar el 10 de enero de cada año, para la distribución de la vigencia correspondiente. La información y metodología para el cálculo del criterio de distribución de eficiencia fiscal y administrativa de los recursos tendrá en cuenta la información reportada por los municipios y/o distritos a través del formato único territorial (FUT) y el cumplimiento de indicadores administrativos, verificables a partir de la información reportada por los municipios y/o distritos a través del sistema único de información (SUI).
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