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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Ministra de Minas y Energía, a moción de censura

27 de Octubre de 2022

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Por iniciativa de la representante a la Cámara Carolina Arbeláez, congresistas de las bancadas del Centro Democrático y Cambio Radical presentaron una proposición para citar a un debate de moción de censura a la ministra de Minas y Energía, Irene Vélez.

Según la congresista, la moción de censura a la ministra está motivada por sus declaraciones a medios de comunicación acerca de suspender la explotación y exploración de hidrocarburos que, según ella, han generado incertidumbre jurídica y económica en el país. 

 

 

En la proposición se expresa que las declaraciones de la ministra han sido irresponsables y apresuradas, y no se compadecen con la situación económica mundial, por el contrario, están llevando de manera presurosa al país a una crisis económica en vez de mitigarla. 

“En momentos en los que el dólar se acerca a los 5.000 pesos y la devaluación del 23 % del peso colombiano, necesitamos ministros que estén a la altura de los desafíos que enfrenta el país y con la experiencia y conocimiento que la cartera que representa requiere”, declaró la representante Arbeláez.

 

La moción de censura: 

La Constitución Política de Colombia, en su artículo 135, numeral 9°, le otorga al Congreso de la República la facultad de proponer moción de censura a ministros, superintendentes y directores de departamentos administrativos:

ARTÍCULO 135. Son facultades de cada Cámara:

9.  Proponer moción de censura respecto de los Ministros, Superintendentes y Directores de Departamentos Administrativos por asuntos relacionados con funciones propias del cargo, o por desatención a los requerimientos y citaciones del Congreso de la República. La moción de censura, si hubiere lugar a ella, deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva Cámara. La votación se hará entre el tercero y el décimo día siguientes a la terminación del debate, con audiencia pública del funcionario respectivo. Su aprobación requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara que la haya propuesto. Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo. Si fuere rechazada, no podrá presentarse otra sobre la misma materia a menos que la motiven hechos nuevos. La renuncia del funcionario respecto del cual se haya promovido moción de censura no obsta para que la misma sea aprobada conforme a lo previsto en este artículo. Pronunciada una Cámara sobre la moción de censura su decisión inhibe a la otra para pronunciarse sobre la misma.

La presidencia de la Cámara de Representantes, en cabeza de David Racero, tendrá 10 días para citar el debate, los congresistas citantes deberán exponer en plenaria los argumentos por los que la funcionaria debe salir del cargo, y ella podrá argumentar su defensa. 

Posterior al debate, la Cámara deberá convocar a una sesión en la que se votará si la ministra Vélez continúa o no en el cargo. Para que sea retirada se requerirá el voto afirmativo de la mitad más uno de los integrantes de la Cámara, que en este caso son 95 congresistas. 

Hasta el momento, en Colombia no ha prosperado una moción de censura en el Congreso. 

FECHA

MINISTROS

RESULTADO

23/03/1999

Interior y Justicia:

Néstor Humberto Martínez Neira

Negada

12/04/2000

Medio Ambiente y Desarrollo Rural: 

Juan Mayr Maldonado

Negada

08/05/2000

Interior y Justicia:

Néstor Humberto Martínez Neira

No se votó, renunció ministro

14/10/2003

Minas y Energía:

Luis Ernesto Mejía Castro

Negada

14/06/2005

Defensa Nacional:

Jorge Alberto Uribe Echaverría

Negada

13/06/2007

Defensa Nacional:

Juan Manuel Santos Calderón

Negada

06/08/2008

Protección Socia:

Diego Palacios Betancourt

Negada

17/11/2009

Agricultura y Desarrollo Rural:

Andrés Fernández Acosta

No prosperó

12/04/2016

Ministro De Hacienda Y Crédito Público:

Mauricio Cárdenas Santamaría

No prosperó

10/10/2019

Ministra de Transporte, doctora Ángela María Orozco Gómez

No prosperó

13/11/2019

Ministro de Defensa

Lorenzo Guillermo Botero

No prosperó

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