Mincomercio regula procedimiento para la atención de controversias internacionales de inversión (4:30 p.m.)
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04 de Febrero de 2014
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Para establecer el procedimiento de atención de las controversias internacionales de inversión en Colombia, en cualquiera de sus etapas, consultas y arreglo directo o amistoso y arbitraje internacional, de conformidad con lo previsto en los acuerdos internacionales de inversión (AII) vigentes, el Ministerio de Comercio expidió la Resolución 0305. En la norma, la cartera precisa que el mecanismo de solución de controversias inversionista - Estado se activa con la presentación de la notificación escrita del litigio, la cual deberá efectuarse de conformidad con los requisitos señalados en el respectivo AII. La Dirección de Inversión Extranjera y Servicios (DIES), con el apoyo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguientes al recibo de la notificación del reclamante, deberá realizar las gestiones pertinentes para determinar si para el caso concreto, y de resultar procedente, se han agotado o no los recursos administrativos internos. Además, la norma señala las acciones para coordinar y orientar la defensa en la etapa de arreglo directo o amistoso y la preparación del Estado colombiano para el arbitraje.
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