Fijan lineamientos para declaración de producción de gas licuado de petróleo para el 2017 (11:35 a.m.)
01 de Febrero de 2017
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Nota:
53759
El Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento de la Resolución 40694 del 2016, por medio de la cual se establece el procedimiento para realizar la declaración de producción de gas licuado (GLP) de petróleo, indicó que la declaración debe ser presentada a más tardar el 27 de febrero del 2017. También señaló que los productores y agentes importadores deberán remitir comunicación a la dirección de hidrocarburos de Minminas junto con los anexos correspondientes. Además, la declaración deberá ser presentada por un periodo de cinco años a partir del momento en el que se elabora, para cada fuente de producción y expresando las cantidades de las variables. Los anexos puede consultarlos en el documento adjunto.
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