Minambiente protege temporalmente reservas naturales contra actividad minera (5:10 p.m.)
02 de Julio de 2013
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Nota:
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Para proteger los recursos naturales estratégicos de cualquier actividad minera, el Ministerio de Ambiente estableció temporalmente reservas que no pueden ser objeto del otorgamiento de títulos, a través de la Resolución 705 del 2013. Los sitios y ecosistemas establecidos como reservas tienen como fundamento las prioridades establecidas en el Conpes 3680 del 2010, las sentencias de la Corte Constitucional C-339 y C-293 del 2002, el Plan Nacional de Desarrollo y el artículo 47 de Código de Recursos Naturales, que consagra la creación de reservas de recursos naturales renovables temporales. Cabe señalar que los sitios prioritarios de conservación establecidos en el mencionado documento Conpes son, entre otros, el área de ampliación del Parque Nacional Natural Chiribiquete, La Playona Acandí, algunas áreas de la Orinoquía y zonas que tienen bosque seco tropical. A su turno, el jefe de la cartera de Ambiente, Juan Gabriel Uribe, agregó que la medida de precaución tendrá vigencia mientras se adelantan o avanzan los procesos de delimitación y declaración definitivos de zonas excluidas de minería.
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