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General


Presentan propuesta para reglamentar la Ley Estatutaria de Hábeas Data

Los datos personales, excepto la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva.
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31 de Enero de 2013

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El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Mintic) dio a conocer la propuesta que formuló el Ministerio de Comercio para reglamentar parcialmente la Ley 1581 del 2012 (estatutaria del hábeas data).

 

En el documento, se tratan aspectos relacionados con la autorización del titular de la información para el tratamiento de sus datos personales, las políticas para los responsables y encargados, el ejercicio de derechos de los titulares, las transferencias de datos personales, entre otros.

 

Según la propuesta, la recolección de datos se limitaría a los pertinentes para cumplir el propósito con el cual son requeridos. Salvo en los casos expresamente previstos en la ley, no se podría recolectar información personal sin autorización del titular de los datos.

 

De la misma forma, se  establece que los datos personales, excepto la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación o comunicación masiva, a menos de que el acceso sea técnicamente controlable, para restringirlo solo a los titulares o terceros autorizados de acuerdo con la ley.

 

Finalmente, señala que  los datos que se encuentren en fuentes de acceso público, con independencia del medio por el cual se acceda, pueden ser consultados por cualquier persona, salvo que exista una norma que disponga lo contrario.

 

El Mintic recibirá comentarios al proyecto de norma, hasta el próximo 15 de febrero, en el Punto de Atención al Ciudadano y al Operador (ubicado en el primer piso del Edificio Murillo Toro, Carrera. 8ª entre calles 12 y 13, Bogotá) o en los correos electrónicos adelgado@mintic.gov.co o spelaez@mintic.gov.co.

 

(Ministerio de Comercio, proyecto de norma, ene. 29/13)

 

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