Marco regulatorio para las cooperativas de seguridad privada llega a segundo debate (12:43 p.m.)
03 de Mayo de 2017
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Nota:
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El proyecto de ley ya cuenta con ponencia positiva para primer debate y aseguraría la adecuada vinculación laboral y prestacional de las personas que prestan el servicio de vigilancia privada, por medio de cooperativas de trabajo asociado. A este tipo de asociaciones les será aplicable lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo en cuanto a la protección de los derechos laborales y deberán adjuntar a su solicitud de licencia de funcionamiento copia del régimen de trabajo, previsión, seguridad social y compensaciones debidamente aprobado por el Ministerio del Trabajo. Igualmente, tendrán la obligación de cumplir con las condiciones mínimas de remuneración, horario, aportes a salud y pensión, riesgos profesionales, cesantías, vacaciones, primas y demás derechos que tengan los empleados de otro tipo de empresas de vigilancia por su tiempo laborado. En ningún caso un socio podrá devengar como remuneración un valor inferior al que devengaría como empleado de una empresa de vigilancia. Igualmente, el proyecto de ley declara la labor del guarda de seguridad como una actividad de alto riesgo y como tal contará con las mismas protecciones y beneficios establecidos para este tipo de labores. Adicionalmente, la cooperativa deberá contratar anualmente un seguro de vida individual que ampare al personal operativo de su respectiva organización, esta póliza deberá ser financiada por las cajas de compensación familiar. La iniciativa plantea la posibilidad de que los trabajadores del sector de vigilancia y seguridad privada puedan, previo acuerdo con el empleador, laborar máximo en jornadas laborales diarias de 12 horas, sin que esto implique que se exceda la jornada máxima semanal de 60 horas, incluyendo las horas suplementarias. Esta iniciativa llega a estudio de la plenaria del Senado en segundo debate.
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