Marco regulatorio de comisiones de conciliación llega a primer debate (9:33 a.m.)
04 de Noviembre de 2016
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Nota:
125599
La Comisión Primera de la Cámara discutirá, en primer debate, el proyecto que busca modificar la Ley 5ª de 1992 en lo referente a las comisiones de conciliación que se nombran cuando la redacción de un proyecto de ley presenta diferencias en la aprobado por las plenarias. Así, correspondería a los presidentes de las cámaras y a los ponentes del respectivo proyecto de ley o de acto legislativo integrar las comisiones accidentales de conciliación, con el fin de superar las diferencias entre los textos. Las comisiones presentarán los respectivos informes con el acta de la sesión de conciliación en el cual se expresen con claridad los textos en los que hubo diferencias y en qué consisten, los argumentos esbozados para tomar la decisión en cada uno de los artículos, la votación en cada uno de los artículos, que en todo caso será nominal y pública, y el texto conciliado. La votación de la conciliación se llevará a cabo un día después que se notifique la designación a los conciliadores; a dicha notificación se le anexarán los textos aprobados por cada una de las plenarias, para garantizar que los integrantes de la comisión conozcan a profundidad los textos. El informe deberá ser publicado en la Gaceta del Congreso en un plazo no inferior a dos días previo al debate en las plenarias. El proyecto también adicionaría las obligaciones de los secretarios generales de las cámaras, quienes tendrían el deber de publicar un informe legislativo cada dos periodos ordinarios y consecutivos con la gestión y función de cada uno los congresistas. Conozca la ponencia completa del proyecto de ley en el documento adjunto a la presente nota.
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