Marco Jurídico para la PazLa Constitución no riñe con la participación política de desmovilizados: Rodrigo Uprimny (4:48 p.m.)
27 de Mayo de 2014
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Nota:
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Al citar a Sudáfrica como el caso más emblemático de exalzados en armas en desarrollo de funciones públicas, el director de Dejusticia, Rodrigo Uprimny, sostuvo que el espíritu de la Constitución no riñe con la participación política de desmovilizados. Por otra parte, precisó que la constitucionalidad de la participación política de exguerrilleros quedó definida en la Sentencia C-579 del 2013, por lo cual lo procedente es una declaratoria de inhibición; añadió que allí mismo se estableció la imposibilidad de amnistiar a quienes cometen delitos atroces. En su criterio, a lo que sí quedan obligados los sujetos de esta eventual reincorporación a la vida civil es a no volver a transitar la senda de la violencia y a reparar el daño. Por su parte, Mark Freeman, director ejecutivo del Institute for Integrated Transitions, sostuvo que no hay antecedentes de países que hayan optado por la salida a conflictos como el que vive Colombia por la vía negociada que hayan establecido prohibiciones para que los alzados en armas participen en política. Aseguró que hacerlo despojaría de todo atractivo las negociaciones y señaló que lo que sí es deseable es fijar condicionamientos, como la liberación de rehenes, la renuncia formal a la violencia y el trabajo social.
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