Lo único gratuito es la sustitución de la licencia de conducción: Consejo de Estado (5:00 p.m.)
31 de Enero de 2014
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Nota:
95333
El Consejo de Estado determinó que la gratuidad de las licencias de conducción solo comprende su sustitución. Ello porque, a juicio de la corporación, el artículo 17 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) debe interpretarse en el sentido de que el único valor que no tiene costo para el ciudadano es el de la emisión del documento. Los requisitos que encierran el trámite, como la toma de exámenes médicos y otros, dice, no suponen este beneficio. La Sección Quinta sostuvo que la recategorización y la renovación de la licencia escapan a ese concepto, pues se refieren al cambio del documento por pérdida o vencimiento y a la mutación de la naturaleza del permiso para conducir vehículos (C. P. Alberto Yepes).
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