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Lo que dice el fallo de la Corte Constitucional que resuelve las primeras demandas contra la Ley Zidres (3:48 p.m.)

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21 de Febrero de 2017

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La Corte Constitucional, a través del comunicado sobre la Sentencia C-077 del 2017, explicó que la creación legal y regulación de las zonas de interés de desarrollo rural económico y social (Zidres) no requería de la realización de una consulta previa a las comunidades étnicas. Sin embargo, determinó que la identificación, delimitación y aprobación de estas zonas deberá estar precedida de un proceso de información, concertación y coordinación con los concejos municipales de los entes territoriales. Por otro lado, el máximo juez de la Carta Política de 1991 resolvió que este modelo de desarrollo no desconoce el principio de progresividad de los derechos sociales y de asociación. Se debe concluir diciendo que algunas de las medidas adoptadas por la Ley 1776 del 2016 fueron declaradas inexequibles, por vulnerar el derecho de acceso a la propiedad agraria, puede consultarlas en el comunicado adjunto (M. P. Luis Ernesto Vargas).

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