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Tribunal Supremo en España anula despido de trabajador que fue espiado por GPS
17 de Agosto de 2012
Para vigilar los movimientos de uno de sus trabajadores y verificar si su incapacidad médica temporal era cierta, una empresa de Bilbao (España) instaló un GPS en el carro del empleado.
El Tribunal Supremo de ese país censuró el uso del GPS con estos fines, porque vulnera el derecho a la intimidad, en relación con los derechos a la libertad de circulación y a la tutela judicial efectiva.
De este modo, el alto tribunal confirmó la decisión del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que declaró nulo el despido, al constatar que las pruebas para realizarlo se obtuvieron violando el derecho a la intimidad.
Según el fallo, la instalación del GPS “afectó a una de las manifestaciones del derecho a la intimidad, el derecho a que los demás no sepan dónde está en cada momento y cuáles son sus movimientos”.
Además, el tribunal consideró desproporcionado el uso de un dispositivo electrónico en los bienes del trabajador, y advirtió que se trata de “un medio de control innecesario”.
El empleado, que había sido contratado como ayudante de obra, dedicaba la mayor parte de su jornada laboral a conducir un vehículo asignado por la empresa.
En junio del 2010, inició un proceso de incapacidad temporal, derivada de una dolencia en un brazo. La empresa decidió investigarlo, contratando a un detective privado que puso el GPS en su vehículo particular, para conocer sus movimientos.
De este modo, comprobó que el auto era usado diariamente, durante varias horas, en trayectos “considerables”. Además, constató que el empleado hacía diferentes esfuerzos físicos, entre ellos cargar las bolsas mercado.
Ante estas evidencias, se le comunicó el despido en julio del 2010. Al año siguiente, la justicia protegió los derechos del trabajador y condenó a la empresa a readmitirlo, abonándole los salarios que dejó de percibir.
Con información de El País
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