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Tribunal de Costa Rica absuelve a usuario de Facebook por comentario contra expresidenta
22 de Julio de 2014
En aras de que prevalezca el principio de transparencia, los funcionarios o quienes ocupen puestos de servicio público deben tener un cierto límite de tolerancia a la crítica.
Así lo determinó el Tribunal Penal del Circuito Judicial de San José de Costa Rica, al absolver penalmente al empresario Alberto Rodríguez Baldí, quien había sido demandado por la expresidenta Laura Chinchilla por supuesta difamación.
Según la decisión, el empresario escribió en su cuenta de Facebook que Chinchilla había comprado una finca por 2,5 millones de dólares, que tenía acciones en una empresa de energía eólica y que ella y su familia se habían enriquecido rápidamente. La exmandataria denunció a Rodríguez por haberla criticado, y aseguró que las redes sociales debían tener un límite.
En el juicio, dio por demostrado que no se enriqueció, como lo afirmaba el imputado, y que el comentario de este resultaba ofensivo. Sin embargo, los jueces determinaron que el comentario podía ser agraviante, pero dependiendo de su interpretación.
“Decir millonario a alguien puede ser un cumplido (una adulación) o una ofensa. Son válidas las interpretaciones que hizo la parte querellante, pero no contiene una ofensa directa hacia el honor de doña Laura Chinchilla”, determinó el tribunal.
La decisión también dejó sin efecto la acción civil resarcitoria por 100 millones de colones iniciada por la exmandataria, así como el pago de seis millones por concepto de costas.
Chinchilla se pronunció en Facebook, advirtiendo que “las redes sociales pueden convertirse en un espacio donde la irresponsabilidad y la mentira se conviertan en arma de quienes solo quieren hacer daño o entorpecer el sano ejercicio democrático de nuestro país”.
(Con información de El País)
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