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Gobierno español presenta nueva ley sobre el aborto

20 de Diciembre de 2013

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El Consejo de Ministros de España aprobó la reforma a la ley del aborto, que elimina la legislación que permite interrumpir el embarazo en las primeras 14 semanas, y hasta la semana 22, en caso de malformación del feto.

 

La norma, presentada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, solo permite interrumpir el embarazo cuando exista grave peligro para la salud psíquica y/o física de la madre, hasta la semana 22, o en caso de violación, hasta la semana 12. De esta manera, suprime la posibilidad de interrumpirlo en caso de anomalía fetal grave.

 

“Lo que no cabe dentro de este proyecto es hacer depender el valor de la vida del nasciturus de la exclusiva voluntad de la mujer embarazada aun cuando no haya conflicto”, señaló Ruiz-Gallardón. Así, para alegar el riesgo para su salud, la mujer deberá contar con un informe emitido por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología que le genera ese grave peligro.

 

Estos profesionales deberán ser distintos a los que practicarán la intervención médica y no podrán trabajar en el centro médico donde esta se vaya a realizar. En caso de urgencia, es decir, si hay peligro vital para la mujer, no será necesario el informe.

 

Cualquier profesional de la salud podrá alegar objeción de conciencia, incluidos aquellos que dan información. Adicionalmente, la disposición elimina la posibilidad de que las menores de edad puedan abortar sin autorización expresa de sus progenitores y prohíbe la publicidad de las clínicas de abortos.

 

Irlanda estrenará ley de aborto

Por otro lado, la nueva ley del aborto adoptada en Irlanda, que legaliza la interrupción del embarazo cuando la vida de la madre corra peligro, incluida la amenaza de suicidio, entrará en vigencia el próximo 1º de enero, informó el Gobierno.

 

Con la nueva normativa, será necesario que la situación de riesgo sea certificada por dos médicos, aunque, en caso de emergencia, la decisión podrá ser tomada por uno solo.

 

Si el riesgo alegado es el suicidio de la mujer embarazada, el análisis deberá ser practicado por dos psiquiatras y un médico obstetra.

 

Con información de abc.es, El País y ultimahora.com

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