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Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

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La solución de continuidad debe entenderse bajo una misma relación laboral, salvo que una norma expresa señale lo contrario (2:16 p.m.)

29 de Octubre de 2010

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Nota:
69345
La solución de continuidad se refiere a que, para efectos del reconocimiento de determinadas prestaciones sociales, la desvinculación del servicio no es jurídicamente relevante, si el empleado público se retira y se vuelve a vincular inmediatamente o dentro de un plazo determinado. El Consejo de Estado advirtió que la solución de continuidad debe entenderse, por regla general, bajo una misma relación laboral, salvo que una norma expresa señale lo contrario. De esa forma, concluyó que existe solución de continuidad y, por tanto, pérdida del derecho a la retroactividad de las cesantías cuando el trabajador es desvinculado y reintegrado al servicio del Estado. La corporación aclaró que un ejemplo de excepción a la solución de continuidad ocurre en la prima de antigüedad, pues en esta prestación lo que importa es que entre el retiro y la nueva vinculación no transcurran más de 15 días hábiles (C.P. Luis Rafael Vergara Quintero).

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