La resciliación se liquida con la misma tarifa notarial del negocio jurídico (2:25 p.m.)
11 de Septiembre de 2013
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Nota:
91112
Teniendo en cuenta lo previsto en el parágrafo del artículo 9º de la Resolución 126 del 2013, por la cual se adoptaron las tarifas notariales para este año, la resciliación o mutuo disenso se liquida por el mismo valor que se consignó en el documento que contiene el negocio jurídico. Así lo señaló la Superintendencia de Notariado y Registro, en oficio de agosto.
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