La prescripción de la conducta en la que se dirige al Contralor una recomendación para ocupar cargos en esa entidad empieza a contarse a partir del nombramiento (2:37 p.m.)
04 de Enero de 2011
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Nota:
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La prescripción de la acción disciplinaria depende de la naturaleza de la falta que originó la sanción disciplinaria impuesta, señaló el Consejo de Estado. Así, cuando el acto sancionable se agota de modo instantáneo, el término de prescripción se cuenta desde allí, mientras que si se trata de una falta de carácter continuado, permanente o sucesivo, el término de prescripción se cuenta desde que se deja de lesionar el bien jurídico que la norma protege. Dentro de este último grupo se encuentra la falta contemplada en el numeral décimo del artículo 268 de la Constitución, según la cual está prohibido que quienes forman parte de las corporaciones que intervienen en la postulación o elección del Contralor General de la República den recomendaciones para empleos del despacho de este. En esa medida, la prescripción de esa conducta sancionable se cuenta desde el momento del nombramiento (C.P. Víctor Hernando Alvarado Ardila).
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