La ineficacia de los controles a una actividad económica que produce contaminación vulnera el derecho a la intimidad personal y familiar de los afectados (11:32 a.m.)
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21 de Julio de 2010
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La Corte Constitucional advirtió que los derechos del ser humano a la salud y a la integridad física suelen afectarse por las alteraciones que se ciernen contra el ambiente sano, particularmente cuando se altera la calidad de elementos vitales, como el agua y el aire. De igual forma, indicó que el derecho a un ambiente sano presenta una innegable conexión con el derecho a la intimidad de las personas. Por ello, cuando resulten ineficaces o insuficientes los controles a la realización de una actividad económica que produce contaminación al medio ambiente, se vulnera el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar de quienes resulten afectados por la contaminación, en virtud del injusto detrimento contra el derecho a gozar de un ambiente sano y demás derechos conexos. De esta forma, la corte le ordenó al Departamento Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla (DAMAB) que controlara la erradicación de las emanaciones de partículas de carbón del puerto poseído en Barranquilla por la Sociedad Inversiones García Hermanos Michellmar (M.P. Nilson Pinilla Pinilla).
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