La importancia de la consulta previa y de las reglas de reparto de la tutela en el fallo sobre glifosato
20 de Enero de 2022
Como lo informamos ayer, la Corte Constitucional confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Nariño que amparó de los derechos fundamentales a la consulta previa y a la participación en materia ambiental de varias comunidades en contra del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea con Glifosato (PMA del PECIG).
Si bien el efecto principal es que queda sin piso el trámite ambiental previo exigido para iniciar la fumigación mediante aspersión, llama la atención del fallo de tutela su llamado a adelantar procesos de consulta previa óptimos con las comunidades que tienen presencia en cada uno de los seis núcleos de operación definidos por el Gobierno (104 municipios de 14 departamentos).
Inclusive, se hace una crítica a la realización de audiencias virtuales, por no ser un medio idóneo para garantizar la participación en algunos municipios.
Muy importante la doctrina de la @CConstitucional sobre la necesaria consulta previa, para la protección de las comunidades, ante la posibilidad de aspersiones con glifosato.
— José Gregorio Hdez G (@josegreghg) January 20, 2022
Sobre este asunto, el constitucionalista Kenneth Burbano Villamarín, director del Observatorio Constitucional Universidad Libre, indicó que la protección de la participación real y efectiva de las comunidades debe apegarse a la Sentencia SU-123/18, pues no se trata de un mero trámite, sino un diálogo entre iguales. (Lea: Unifican jurisprudencia en torno al contenido y alcance del derecho a la consulta previa)
La importancia de las reglas de reparto de las tutelas
Burbano también llama la atención sobre otro tema polémico, la modificación a las reglas de reparto de la acción de tutela (Decreto 333/21), ya que este caso demuestra que si bien con la norma del año pasado el Presidente de la República escogió su juez, el Consejo de Estado, para quitarle competencia a los jueces regionales, la decisión valida la importancia de los operadores jurídicos que conocen la realidad de sus territorios.
El Gobierno anunció que acata el fallo, lo que lo obliga a reanudar los procesos de consulta. Pero además, en pleno año electoral, algunos candidatos ya han manifestado su posición sobre el tema:
#FumigarEs un error. Las aspersiones aéreas con glifosato no resuelven el problema de los cultivos de uso ilícito y sí afectan la salud y el medio ambiente. Celebro la decisión de la Corte Constitucional, sigamos avanzando en la dirección correcta.#hAGamosLaDiferencia pic.twitter.com/tGzPgbWaKg
— Alejandro Gaviria (@agaviriau) January 20, 2022
Gracias a la Corte Constitucional por frenar la aspersión aérea con glifosato. Una vez más, Iván Duque invirtió tiempo, plata y energía en una propuesta inútil, costosa y divisoria.
— Sergio Fajardo (@sergio_fajardo) January 19, 2022
La Corte Constitucional dice que hay que oír a las comunidades y detiene la fumigación con glifosato.
— Humberto de la Calle (@DeLaCalleHum) January 20, 2022
El acuerdo señaló varios caminos para enfrentar esta problemática. pic.twitter.com/SrljAJhS0K
Tumbar resolución de @ANLA_Col que aprobaba erradicación de cultivos ilícitos con glifosato es estar del lado de los narcoterroristas que financian la guerra con drogas. Flaco favor le hacen al país, sosteniendo el negocio de grupos como FARC pic.twitter.com/2WL5eqz934
— Honorio Henriquez 🇨🇴 (@honohenriquez) January 19, 2022
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