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Investigaciones contra uniformados por acto sexual abusivo con menor de 14 años deben ser asumidas por jurisdicción ordinaria (10:25 a.m.)

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15 de Agosto de 2013

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El Consejo Superior de la Judicatura concluyó que cuando un agente de la fuerza pública se ve inmerso en una investigación penal por presunto acto sexual abusivo con menor de 14 años, esta debe ser asumida por la jurisdicción ordinaria y no por la penal militar. Según la corporación, conductas como esta no se enmarcan dentro de las actuaciones propias del servicio. Con estos argumentos, la Sala Disciplinaria radicó en la Fiscalía la competencia para asumir la indagación que se adelanta en contra de un patrullero sospecho de cometer este ilícito. Adicionalmente, dice, aun cuando la probable actuación se haya producido en las instalaciones de la Sijín, no existe evidencia de que estuviera en horas de servicio activo.

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