Institutos y centros de investigación podrán ofrecer maestrías y doctorados
11 de Agosto de 2021
Los institutos y centros de investigación reconocidos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (Minciencias) con capacidad de realizar y orientar procesos académicos e investigativos en un área específica del conocimiento, directamente o a través de convenios con universidades, podrán obtener el registro calificado para ofrecer y desarrollar programas de maestría y doctorado.
Según la ley, el Ejecutivo reglamentará las condiciones y procedimiento para que Minciencias otorgue reconocimiento a los institutos, entre los cuales se tendrán en cuenta criterios académicos, científicos y de innovación, parte integral del Sistema de aseguramiento de la calidad de la educación superior. Una vez obtenido el reconocimiento, el ministerio adelantará el trámite de registro calificado de las solicitudes radicadas.
Mineducación regulará los demás aspectos establecidos en la ley, en particular lo relativo a los requisitos necesarios, la obtención, ampliación, extensión y demás trámites asociados al registro calificado.
Los institutos o centros de investigación se definen como organizaciones públicas, privadas o mixtas independientes que tienen como misión institucional desarrollar diversas actividades de investigación (básica o aplicada), con líneas de investigación declaradas y un propósito científico específico. Un centro de investigación puede prestar servicios técnicos y de gestión a sus posibles beneficiarios, puede estar orientado a la generación de bienes públicos de conocimiento para el país, así como tener una orientación a la generación de conocimiento y su aplicación mediante procesos de desarrollo tecnológico.
Los centros o institutos de investigación pueden clasificarse como organizaciones de carácter público, privado o mixto. Dependiendo de su naturaleza, pueden catalogarse como:
- Centros autónomos o independientes: son entidades con autonomía administrativa y financiera, personería jurídica propia, legalmente constituidos.
- Centros de investigación dependientes: son organizaciones adscritas al sector académico o a entidades públicas o privadas. Los centros dependientes pueden contar con cierto grado de autonomía administrativa/financiera y deben estar legalmente constituidos mediante acto administrativo, resolución o documento que haga sus veces y que indique la denominación y alcance del mismo.
- Centros e institutos públicos de I+D: entidades adscritas y/o vinculadas a ministerios, departamentos administrativos, unidades, agencias o entidades descentralizadas de orden nacional, que han sido creadas para apoyar el cumplimiento de su misión institucional y mejorar la calidad técnica de las intervenciones con base en la generación de conocimiento científico, el desarrollo y la absorción de tecnología.
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