Instituciones educativas pueden expedir duplicados de diplomas a estudiantes que cambian de nombres y apellidos (11:29 a.m.)
23 de Diciembre de 2014
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Nota:
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Si el estudiante se graduó y con posterioridad cambió de nombre y apellido, las instituciones educativas donde haya cursado estudios pueden expedir un nuevo diploma indicando el cambio, previa solicitud y presentación de la copia de la escritura pública que, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1260 de 1970, recoja o autorice el cambio. El nuevo documento deberá llevar una leyenda visible que diga “duplicado” y la fecha de expedición, además debe quedar constancia en los respectivos libros que se lleven para el efecto, indicó el Ministerio de Educación. En cuanto a los estudiantes que cumplen 18 años de edad, señaló que no existe norma que establezca la necesidad de realizar el cambio del número de identificación en los certificados de grados académicos anteriores al hecho de haber adquirido la mayoría de edad.
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