Instituciones educativas deben realizar un análisis integral de los derechos en juego ante una solicitud de reingreso (5:00 p.m.)
19 de Octubre de 2011
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Nota:
76803
En sentencia del pasado 10 de agosto, la Corte Constitucional advirtió que las instituciones educativas deben realizar un análisis integral de los derechos y las expectativas en juego de quien solicita el reingreso. Por tanto, los centros educativos, al momento de analizar el reglamento académico y la Constitución, deberán tener en cuenta las variables subjetivas y objetivas de la situación específica de la persona. La corporación aclaró que los centros educativos pueden rechazar las peticiones de reintegro de un estudiante, pero la decisión debe tomarse de forma imparcial, proporcional, objetiva y razonable frente al caso concreto. Con estos argumentos, la Corte negó una tutela a una persona que estuvo matriculada en la carrera de Derecho en la Institución Universitaria de Envigado y pidió el reingreso siete años después de su vinculación. El alto tribunal consideró que la universidad prestó las facilidades pecuniarias y laborales para que el peticionario terminara la carrera dentro del término de cinco años fijado para pedir el reintegro y este no lo hizo, por ende, perdió la calidad de estudiante (M.P. Jorge Iván Palacio).
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