Instan a servidores del Ejecutivo que manifiesten su fe con independencia de sus funciones
12 de Julio de 2022
A través de la Circular 4, la Presidencia de la República impartió instrucciones a los servidores de la Rama Ejecutiva para que sus manifestaciones religiosas y de fe, las cuales pueden practicar acogiéndose a sus derechos a la libertad de expresión y a la libertad religiosa y de cultos, las realicen separadas del ejercicio de sus funciones.
Lo anterior considerando la orden impartida por la Corte Constitucional en la Sentencia T-124/21, en la que un ciudadano interpuso una acción de tutela luego que la vicepresidenta Martha Lucia Ramírez publicará en sus redes sociales una imagen de la Virgen de Fátima con el logo del Gobierno nacional, alegando la presunta violación de sus derechos fundamentales a la libertad de conciencia, de cultos y la trasgresión del principio de neutralidad del Estado en materia religiosa.
Al respecto, la Corte indicó que “si bien la situación que había dado origen a la acción de tutela había sido superada, debido a que el mensaje que se cuestionaba había sido eliminado y la Vicepresidenta publicó un nuevo mensaje en el que manifestaba su respeto a las libertades religiosas, resultaba pertinente emitir un pronunciamiento de fondo con el propósito de analizar la falta de conformidad constitucional de la actuación de la Vicepresidenta de la República y la necesidad de adoptar medidas para que situaciones similares no se repitieran en el futuro''.
En este sentido, el alto tribunal le ordenó al Consejero Presidencial para las Comunicaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia capacitar a los funcionarios del Gobierno sobre el adecuado manejo y uso de redes sociales, con el fin de evitar que hechos similares se vuelvan a presentar.
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