Inadmitir excepciones al proceso de avalúo de servidumbre petrolera no vulnera el debido proceso (4:44 p.m.)
26 de Julio de 2013
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Nota:
89974
La Corte Constitucional señaló que inadmitir excepciones en el proceso de avalúo de servidumbre legal petrolera no vulnera el debido proceso. En este sentido, el alto tribunal aclaró que iniciar el avalúo sin tener en cuenta la calidad de reserva natural de la sociedad civil del bien inmueble y la normativa ambiental aplicable no atenta contra derechos fundamentales. A juicio del alto tribunal, el procedimiento establecido en la Ley 1274 del 2009 no fue creado para dirimir conflictos sobre exploración de hidrocarburos y el reconocimiento posterior de una zona como reserva natural, sino únicamente para tasar el valor de los perjuicios que se deban pagar como indemnización por la imposición de la servidumbre (M. P. María Victoria Calle Correa).
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