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Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Imparten instrucciones para tramitar conceptos sobre el ejercicio de contadores extranjeros (3:30 p.m.)

04 de Marzo de 2015

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Nota:
99408
Para el trámite y emisión de conceptos sobre el ejercicio de la profesión contable por parte de extranjeros se debe tener en cuenta que las peticiones particulares deben hacerse por el representante legal de la persona jurídica donde el extranjero va a prestar sus servicios o mediante apoderado debidamente constituido, según la Resolución 0051 de la Junta Central de Contadores (JCC). Para realizar el análisis correspondiente, la JCC señaló los requisitos que deben ir anexos a la solicitud del concepto sobre el no ejercicio de actividades propias de los contadores públicos colombianos por parte de profesionales extranjeros que vienen a laborar en el país. De igual manera, explica que tendrá 15 días hábiles para dar respuesta a la solicitud. Por otra parte, precisa que la entidad no otorga permisos temporales ni definitivos a contadores extranjeros para que ejerzan en Colombia. Esta norma deroga la Resolución 335 del 2013.

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