ICBF establece requisitos documentales para realizar pagos de acompañamiento hospitalario de hogares sustitutos (3:27 p.m.)
01 de Febrero de 2017
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Nota:
53749
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar modificó el artículo 2 de la Resolución 3333 del 2015, adicionando un literal sobre los pagos ordenados por el acompañamiento hospitalario de los hogares sustitutos, hogares gestores y hogares tutores. Por este motivo, relacionó para cada tipo de contrato o modalidad de atención los documentos que se deben anexar en cada uno de los casos. Además, ordenó a los directores regionales, coordinadores de protección y coordinadores de asistencia técnica la adopción de las medidas a que haya lugar para el cumplimiento de la norma.
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