13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Hacen modificaciones al régimen de transición de protección al comprador de vivienda nueva

09 de Octubre de 2023

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Nota:
167444

El Ministerio de Vivienda expidió el Decreto 1617 para modificar el parágrafo del artículo 2.2.6.7.1.1. del Decreto 1077 del 2015 y adicionar dos parágrafos transitorios relacionados con el régimen de transición de las medidas de protección al comprador de vivienda nueva.  

Según las modificaciones realizadas, “para los proyectos ubicados en los municipios y distritos que conforman las aglomeraciones urbanas de Bogotá y de Medellín, según lo definido en el anexo 1° del Conpes 3819 del 2014, en los cuales la licencia de construcción en la modalidad de obra nueva sea o haya sido radicada legalmente, con posterioridad al 31 de diciembre del 2021, seguirá aplicando la obligatoriedad de contar con alguno de los mecanismos de amparo de los que trata el presente capítulo. 

Esto aplica para los municipios que conforman las mencionadas aglomeraciones correspondientes a Bogotá, Bojacá, Cajicá, Chía, Cogua, Cota, Facatativá, Funza, Gachancipá, Guatavita, La Calera, Madrid, Mosquera, Nemocón, Sesquilé, Sibaté, Soacha, Sopó, Sutatausa, Tabio, Tausa, Tocancipá y Zipaquirá del departamento de Cundinamarca; y a Medellín, Barbosa, Bello, Caldas, Copacabana, Envigado, Girardota, Itagüí, La Estrella y Sabaneta del departamento de Antioquia. 

Así mismo, la norma establece que suspende aplicación del mecanismo de amparo, hasta el 30 de junio del 2024, para los proyectos de vivienda nueva ubicados en los municipios y distritos que conforman las aglomeraciones urbanas de Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena y Cúcuta, según lo definido en el anexo 1° del Conpes 3819 del 2014. 

 

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