Hacen ajustes a las garantías de cumplimiento de la OEF asignada y las de construcción de infraestructura de gas importado (9:28 a.m.)
27 de Octubre de 2014
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Nota:
98138
Con la Resolución 106 del 2011, la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) estableció la entrega de garantías de cumplimiento de las obligaciones de energía firme (OEF) asignada y la garantía de construcción de la nueva infraestructura de gas importado cuando se presente un retraso en el cronograma de construcción que no represente un incumplimiento grave e insalvable. Ahora, la CREG agregó un parágrafo a esa norma para señalar que si en la fecha de presentación de los contratos de construcción y operación de la infraestructura la curva S y el cronograma hay un retraso en la entrada en operación de la nueva infraestructura de importación frente al inicio del periodo de vigencia de la obligación (IPVO), dentro del tiempo que no constituya incumplimiento grave e insalvable, se da la opción para que a más tardar el 1° de diciembre del 2014 presenten la constitución, verificada por el auditor, de las obligaciones contempladas en la regulación.
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