Grado de confianza determina clasificación de empleos de libre nombramiento y remoción (11:57 a.m.)
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19 de Enero de 2015
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La Corte Constitucional publicó el texto de la sentencia que declaró exequibles los empleos “Director de la Academia Diplomática”, “Director de Protocolo” y “Jefes de Oficina Asesora” contenidos en los literales d), e), y g) del artículo 6º del Decreto Ley 274 del 2000. Luego de analizar las funciones y la naturaleza de los cargos, encontró que el legislador no excedió sus atribuciones constitucionales al excluirlos del régimen de carrera administrativa del servicio exterior de la República y la carrera diplomática y consular, debido al grado de confianza que se requiere para el ejercicio de sus responsabilidades. En este sentido, concluyó que se debían clasificar como de libre nombramiento y remoción, sin que se oponga a la regla general del artículo 125 de la Carta Política (M. P. Martha Victoria Sáchica).
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