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18 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 23 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Gobierno reglamentó el uso de plástico de un solo uso en Colombia

26 de Diciembre de 2023

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A través del Decreto 2192 del 2023, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentó las medidas orientadas a la reducción de la producción y consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 16 y 34 de la Ley 2232 del 2022.   

Según el documento, la medida aplica a quienes introduzcan en el mercado, comercialicen, distribuyan o consuman plásticos de un solo uso, así como a las autoridades definidas, en el marco de sus competencias. 

El documento establece que está prohibido el ingreso de plástico de un solo uso a sistemas nacionales de áreas protegidas. Esta medida también aplica para humedales incluidos en la lista de humedales de importancia internacional (Ramsar), ecosistemas de páramos, ecosistemas marinos sensibles y reservas de biósfera. (Lea: Prescribirían los formularios sobre la declaración de productos plásticos de un solo uso y de las bebidas ultraprocesadas azucaradas). 

Sin embargo, la presente normativa hace dos excepciones frente al ingreso del plástico de un solo uso en los sistemas nacionales de áreas protegidas

i) Solo podrán ingresar aquellos plásticos de un solo para atender las necesidades personales de las comunidades y guardaparques, que viven en las áreas protegidas. Estos plásticos o los productos que los contengan, en ningún caso, podrán ser objeto de comercialización en esa área.   

ii) Quien bajo el amparo de la excepción pretenda ingresar plásticos de un solo uso deberá contar con un sistema que asegure la recolección de la totalidad de estos y su gestión fuera del área en cuestión. 

Además, el documento plantea que “los municipios y distritos a través de los planes de gestión integral de residuos sólidos (PGIRS) incorporaran los mecanismos para la promoción de la formalización y regularización de los recicladores de oficio y de las organizaciones de recicladores de oficio, como actores de la cadena de valor del plástico”. 

Esto mediante “el programa de inclusión de recicladores y la incorporación de acciones dirigidas a la gestión de residuos plásticos en el programa de aprovechamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del artículo 16 de la Ley 2232 del 2022”, expresa la norma. 

Finalmente, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible definirá las condiciones que deben cumplir los productos plásticos de un solo uso para ser considerados biodegradables en condiciones ambientales naturales, de acuerdo con los criterios que para el efecto establece el artículo 34 de la Ley 2232 del 2022. 

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Alberto Varela

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