13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / General


Gobernador puede presidir consejo superior de universidad departamental (8:18 a.m.)

01 de Junio de 2015

Reproducir
Nota:
101875
Así lo indicó el Consejo de Estado, que también precisó que el Ministro de Educación o su delegado pueden integrar ese mismo órgano. La capacidad del gobernador para presidir esa instancia está señalada en el artículo 64 (literal d) de la Ley 30 de 1992, dice la sentencia. Además, el literal a) del mismo artículo señala al jefe de la cartera de Educación o a un funcionario que actúe en su representación como miembro del consejo superior. Finalmente, aclaró que el ministro o su delegado también pueden presidir las sesiones de ese órgano (C. P. Guillermo Vargas Ayala).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)