Fórmula para calcular precio de combustibles será revisada por la Corte Constitucional (2:57 a.m.)
24 de Febrero de 2015
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Nota:
99570
La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de los artículos 69 y 70 de la Ley 1739 del 2014 (reforma tributaria), que establecen las facultades del Ministerio de Minas en relación con la contribución parafiscal a los combustibles. Así mismo, las normas acusadas prevén el hecho generador del impuesto a la gasolina y el ACPM, el precio de referencia, la tarifa y el periodo de pago. En opinión del demandante, estas disposiciones lesionan los artículos superiores 150, 160, 334 y 338, al permitir que el ministerio fije la base gravable de los precios de los combustibles, con lo cual se desconoce el principio de reserva de ley tributaria (demandante: Camilo Araque y Juan David Mesa).
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