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18 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 18 horas | ISSN: 2805-6396

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Reglamentan procedimiento para conceder beneficios en caso de soborno transnacional y corrupción

10 de Abril de 2024

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Nota:
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Cámaras de comercio no pueden solicitar a las SAS certificación de composición accionaria para su constitución (Freepik)

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió un decreto que reglamenta el procedimiento para conceder beneficios por colaboración en materia de soborno transnacional y responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por actos de corrupción, con los que se puede obtener hasta la exoneración total y parcial de la sanción si la persona jurídica entrega oportunamente información relevante sobre los aspectos de comisión de las conductas y beneficios obtenidos en estos esquemas ilegales.

Según la norma, la información aportada para analizar la procedencia de los beneficios por colaboración deberá cumplir varios requisitos, algunos de estos son:

Para la conducta de soborno transnacional, la solicitud de beneficios por colaboración deberá ser presentada por la persona jurídica a través de su representante legal o su apoderado, o por cualquier tercero que demuestre un interés legítimo en el otorgamiento de los beneficios por colaboración. La solicitud deberá contener los siguientes elementos:

i) La identidad de las personas naturales involucradas en la conducta de soborno transnacional y su vinculación con la persona jurídica infractora. (Lea: ¿Es viable que una sociedad colombiana escinda su capital en favor de una sociedad extranjera?

ii) Las circunstancias de tiempo, modo y lugar de la conducta ejecutada.

iii) El servidor público extranjero involucrado.

iv) Las pruebas que justifiquen el otorgamiento de los beneficios, conforme con los criterios de calidad, utilidad, pertinencia y conducencia.

v) Un informe indicando si la persona jurídica infractora ha ejercido los derechos o ejecutado las obligaciones derivadas de los contratos o negocios originados.

Al respecto, el superintendente de Sociedades, Billy Escobar, manifestó que esta medida da la posibilidad para que se encuentren mecanismos que permitan la resolución exitosa de casos de corrupción y además que beneficien a las compañías que desean mantenerse en los mercados nacionales e internacionales, a cambio de reconocer los propios hechos de soborno transnacional o corrupción.

“Sabemos que la imposición de una multa tan alta, como ocurre en estos casos, de hasta 200.000 SMMLV, puede llevar a la liquidación de las sociedades, siendo estos beneficios por colaboración una opción para lograr una salida más eficiente que permita continuar con el desarrollo del objeto social y preservar el empleo de muchos trabajadores”, expresó el superintendente Escobar.

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