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General


Gastos de viaje podrían ser presentados por separado, dependiendo su materialidad

Recientemente, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública conceptuó sobre el tema y agregó que es importante cumplir con los requerimientos de revelación contenidos en los marcos de información financiera.
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18 de Septiembre de 2017

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Dependiendo de su materialidad, los gastos de viaje podrían ser presentados por separado en el estado de resultados o en las notas o agregados con otras partidas, de tal forma que se cumplan los requerimientos de revelación contenidos en los marcos de información financiera, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). (Lea: Independencia y autonomía de normas de contabilidad crea la necesidad de realizar conciliaciones)

 

Así mismo, recordó que los decretos 2649 y 2650 de 1993 cesaron su aplicación a partir de diciembre 31 del 2015 para las empresas del grupo 2, y a partir del 31 de diciembre del 2014 para las empresas de los grupos 1 y 3, por lo que la elaboración del plan de cuentas es responsabilidad de cada entidad, sin perjuicio de que también se cumplan los requerimientos de información de las autoridades de supervisión. (Lea: No participar en la conversión a los nuevos marcos contables no exime al contador de conocer la normativa)

 

En consecuencia, los códigos utilizados para el registro de las transacciones deben facilitar a la entidad el cumplimiento de los requerimientos de presentación y revelación de los marcos de información financiera, dependiendo del grupo en el que haya sido clasificada.

 

El CTCP ha reiterado que cada entidad debe elegir el grupo al cual pertenece, según características e independientemente de que se trate de una entidad con o sin ánimo de lucro, y aplicar e implementar uno de los tres marcos técnicos normativos contenidos en el Decreto 2420 del 2015 y sus modificaciones, es decir, completas (grupo 1), pymes (grupo 2) y microempresas (grupo 3). (Lea: Contabilidad en copropiedades debe aplicar nuevos marcos normativos)

 

CTCP (contaduría pública), Concepto 708, 09/08/2017

 

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