Fijarían medidas de control a importación y comercialización de mercurio (11:22 a.m.)
29 de Noviembre de 2016
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Nota:
52964
El Ministerio de Comercio publicó un proyecto de norma para establecer medidas de control a la importación y comercialización de mercurio clasificado por la subpartida 2805.40.00.00 y 20 productos más que lo contienen, en el marco de lo establecido en el artículo 5º de la Ley 1658 del 2013. Así, quien desee importar y/o comercializar dichos productos tendría que registrarse como tal ante el Ministerio de Comercio, presentando la respectiva solicitud de acuerdo con la reglamentación que se establezca para el efecto, deberá actualizarse anualmente. Se establecería un cupo de 63 toneladas para la importación de mercurio, que sería distribuido de la siguiente manera: 40 toneladas para el periodo comprendido entre la entrada en vigencia del decreto y el 15 de junio del 2017 y 23 toneladas para el periodo comprendido entre el 16 de junio del 2017 y el 15 de septiembre del 2017. El plazo para realizar comentarios será hasta mañana 30 de noviembre y las observaciones deben ser remitidas al correo dpinzons@mincit.gov.co.
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