Fijan requisitos para la expedición de documentos de extranjería y trámites migratorios (9:50 a.m.)
14 de Marzo de 2014
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Nota:
94469
Mediante la Resolución 0501, Migración Colombia determinó el procedimiento y los requisitos para la expedición del permiso temporal de permanencia, el salvoconducto, la cédula de extranjería y la certificación de movimientos migratorios. De igual manera, la norma precisa que en cumplimiento de los artículos 53 del Decreto 19 del 2012 y 30 del Decreto 834 del 2013, el titular o beneficiario de visa cuya vigencia sea superior a tres meses, salvo las excepciones consagradas en ambas normas, deberá registrar su documento dentro de los 15 días calendario siguientes, contados a partir de su ingreso al país o de la fecha de expedición de la visa si esta se obtuvo dentro del territorio nacional.
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