Fijan criterios para el pago del auxilio de transporte en el orden territorial (4:13 p.m)
21 de Julio de 2017
Reproducir
Nota:
55906
Para el reconocimiento y pago del auxilio de transporte a los empleados públicos de las entidades del sector central y descentralizado de la Rama Ejecutiva del orden territorial las asambleas departamentales, los concejos distritales y municipales, las contralorías territoriales y las personerías distritales y municipales en los cuales no se preste el servicio público de transporte se tendrán en cuenta los siguientes criterios: (i) devengar hasta dos veces el salario mínimo legal mensual vigente; (ii) que la entidad no suministre el servicio de transporte; (iii) el empleado no se encuentre disfrutando de vacaciones, ni en uso de licencia o suspendido en el ejercicio de sus funciones; (iv) el valor del auxilio será el establecido en el Decreto 2210 del 2016.
Opina, Comenta