Fijan condiciones para transportar petroquímicos, asfaltos e hidrocarburos por las vías fluviales (10:25 a.m.)
26 de Junio de 2015
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Nota:
102501
Mediante la Resolución 01918, el Ministerio de Transporte acaba de establecer la condición del doble casco para la matrícula y la renovación de la patente de navegación de las embarcaciones fluviales tipo bote tanque, embarcaciones autopropulsadas y artefactos fluviales, que transportan petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel por las vías fluviales del territorio nacional. Así, las personas jurídicas o naturales que tienen permiso de operación vigente a la fecha para prestar el dicho servicio deberán, en el plazo de cinco años, sustituir o modificar la totalidad de dichas embarcaciones. La modificación o sustitución del 100 % del parque fluvial autorizado deberá efectuarse anualmente en un 20 %, hasta completar su totalidad en los cinco años previstos.
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