Extranjeros que hagan tránsito en Colombia hacia otros países necesitarán visa temporal (12:00 p.m.)
03 de Febrero de 2014
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Nota:
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Tal como lo había anunciado el Gobierno, el Ministerio de Relaciones Exteriores modificó el Decreto 0834 del 2013, el cual regula la expedición de visas, control de extranjeros y otros asuntos de inmigración. Puntualmente, la Cancillería realizó cambios en dos artículos de la mencionada norma, los cuales están relacionados con la visa temporal y el permiso de permanencia. Según la nueva norma, ahora los extranjeros, sin importar su nacionalidad, que deseen ingresar al territorio nacional para realizar tránsito hacia otro país necesitarán visa temporal, cuya vigencia será de un día, contado a partir de la entrada al territorio colombiano. Así mismo, el ministerio indicó que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia (Migración Colombia) también podrá otorgar permiso de ingreso y permanencia (PIP) ante la misma situación. Con este documento se otorgará un permiso de 12 horas contadas a partir de la entrada a Colombia.
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