14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


ExtraEste es el texto de la futura ley de protección al usuario de transporte aéreo nacional (9:38 a.m.)

17 de Junio de 2016

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Nota:
125085
El proyecto que fijaría nuevos derechos a favor de los pasajeros de transporte aéreo fue conciliado. El texto definitivo acoge en su totalidad lo que aprobó el Senado esta semana, por lo que es necesario mencionar las modificaciones al contenido original de la iniciativa, así: i) Derecho a la modificación de la fecha, los usuarios del servicio de transporte aéreo nacional podrán modificar las fechas de sus tiquetes aéreos siempre que se comunique al transportador sobre el cambio de la reserva con una anticipación no menor a ocho días calendario, contados a partir de la fecha del viaje; por su parte, la aerolínea deberá aceptar la solicitud sin que proceda ninguna penalidad pecuniaria, si la reprogramación del viaje representa alguna diferencia tarifaria el usuario deberá asumirla, y si presenta la solicitud en un plazo menor a los ocho días deberá pagar los costos administrativos, que no podrán exceder de 1,3 salarios mínimos diarios. ii) Vigencia de los tiquetes aéreos, si los tiquetes no se usan en la fecha pactada tendrán una vigencia mínima de un año. iii) Derecho de retracto, en los contratos para la prestación del servicio que se perfeccionen a través de canales no convencionales, el retracto deberá ser ejercido dentro de los tres días calendario siguientes a la operación de compra; y solo podrá ser ejercido con una anterioridad igual o mayor a ocho días calendario entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio de la prestación del servicio para operaciones nacionales. iv) Devolución de dinero, las aerolíneas o las agencias de viajes deberán hacer la devolución del dinero al usuario sin que proceda hacer descuentos o retenciones por concepto alguno. El plazo para que la transportadora haga el rembolso del dinero al pasajero será de máximo cinco días calendario a partir de la comunicación del retracto. En caso de que la venta la haya efectuado una agencia de viajes, esta deberá rembolsar el dinero en un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la comunicación del retracto. Conozca la totalidad del informe de conciliación dentro del documento adjunto a la presente nota.

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