Extra - decretos reglamentarios únicos Dan a conocer decreto único del sector Interior (3:44 p. m.)
27 de Mayo de 2015
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Nota:
101253
El decreto menciona las atribuciones del ministerio del sector relacionadas con la gestión de políticas públicas en favor de sectores minoritarios como la población LGBTI, grupos étnicos y población vulnerable. También se fijan procedimientos, competencias y medidas específicas para el hallazgo de víctimas de desaparición forzada, la atención sicosocial a sus familiares y mecanismos resarcitorios adicionales a los jurisdiccionales. Además, se regulan actuaciones en asuntos de gobierno, gestión territorial, víctimas, protección a personas amenazadas o en estado de vulnerabilidad y convivencia ciudadana. Dentro de sus labores como coordinador de gestiones gubernamentales en favor de minorías, se cuenta su capacidad para encabezar los procesos de consulta previa y la protección al ejercicio de una creencia o religión, en el marco de la libertad de cultos. En materia electoral, se unifican las responsabilidades para la promoción de la democracia y la participación, particularmente en la expedición de certificados electorales, efectividad de sus beneficios, nombramiento de jurados de votación, número de representantes a la Cámara por circunscripciones territoriales y circunscripciones especiales, diputados a elegir por cada departamento y ventanilla única electoral permanente, entre otras funciones tendientes a facilitar un diseño más eficiente del sistema electoral. Frente a otros asuntos relacionados con derechos humanos, se ocupará del programa de protección para víctimas y testigos. El decreto excluye de la derogatoria integral los actos que desarrollan leyes marco y disposiciones reglamentarias del sector que hagan referencia a los comités y comisiones interinstitucionales e intersectoriales y demás asuntos relacionados con la conformación y estructura de organismos administrativos. Tampoco cobija aquellas normas ue, a la fecha de expedición de este acto se encuentren suspendidas por la jurisdicción contencioso administrativa, las cuales serían compiladas en caso de recuperar su vigencia.
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