13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / General


Extender a acciones de tutela regulación de medidas cautelares del CPACA fue declarado inconstitucional (10:10 a.m.)

19 de Mayo de 2014

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Nota:
96659
La Corte Constitucional declaró inexequible la norma que permitía que la regulación de las medidas cautelares propias del CPACA rigieran también para las acciones de tutela (expresión “y en los procesos de tutela” del parágrafo del artículo 229 de la Ley 1437 del 2011). Entre las consideraciones del alto tribunal se advierte la posibilidad de que se desatienda el principio de celeridad que rige este tipo de acciones, ya que se abre la puerta para que se amplíe el plazo constitucional previsto para este instrumento. Además, dice, se podría atentar contra su propósito de generar que las decisiones del juez en esta sede sean de inmediato cumplimiento y se daría lugar a la violación de la reserva de ley estatutaria, ya que se trata de un mecanismo de regulación de derechos fundamentales. Por último, manifiesta la Corte que se produciría una reducción injustificada de los niveles de protección que se alcanzaron con el Decreto 2591 de 1991. El texto restante del parágrafo del artículo 229 fue declarado exequible, en tanto que la Corte considera que no se reducen la exegibilidad de garantías fundamentales. El magistrado Luis Ernesto Vargas Silva aclaró el voto, por considerar que el alto tribunal no debió pronunciarse de oficio sobre la vulneración de la reserva de ley estatutaria, toda vez que el cargo no fue formulado por el demandante (M. P. María Victoria Calle).

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