Explican qué es la reciprocidad diplomática en el procedimiento de exequátur (12:00 p.m.)
29 de Diciembre de 2017
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Nota:
58919
La Corte Suprema de Justicia recordó recientemente que los fallos extranjeros producen efectos en el territorio colombiano cuando acreditan la existencia de un tratado suscrito entre Colombia y el país que dictó la sentencia, es decir, lo que es conocido como la reciprocidad diplomática o, en su defecto, lo que a ese respecto prevea la ley foránea o la práctica jurisprudencial imperante, en orden a reconocerle también efectividad a las sentencias dictadas en Colombia (M.P. Álvaro Fernando García).
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