Explican por qué prohibición para construir en cerros orientales no afecta derechos adquiridos (9:28 a.m.)
06 de Noviembre de 2013
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Nota:
92277
El Consejo de Estado determinó que quienes obtuvieron licencias y construyeron legalmente dentro del área de influencia de la reserva forestal de los cerros orientales de Bogotá gozan de derechos adquiridos en la zona y no están obligados a abandonarla, pese a la prohibición para adelantar nuevos proyectos urbanísticos y mineros en ese territorio. Así las cosas, quienes gozan de la posesión y el derecho de propiedad podrán continuar ejerciéndolo, debido a que la corporación reconoció la confianza legítima surgida en decisiones administrativas que permitían iniciar proyectos en esa zona que, posteriormente, fue declarada área de reserva forestal. Aunque el alto tribunal ratificó la prohibición de realizar nuevas construcciones y de explotar el subsuelo, se abstuvo de ordenar la demolición de viviendas y la reubicación de sus habitantes. Sin embargo, dice la Sala Plena, se debe diseñar un plan para reubicar los asentamientos humanos que amenacen ruina o estén en situación de riesgo no mitigable. Frente al nuevo uso del terreno, ordenó que el área de ocupación pública prioritaria allí concentrada se proyecte como una zona de aprovechamiento ecológico, a fin de contar con un mecanismo para compensar a los habitantes de la capital por el perjuicio ambiental, garantizando el derecho de la ciudadanía a la recreación. Las órdenes impartidas al Distrito Capital deben incorporarse a un proyecto de reforma territorial que deberá ser presentado por el alcalde ante el concejo (C. P. María Claudia Rojas).
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