Explican cuándo el Estado debe reparar al comprador de buena fe de un vehículo robado (8:00 a.m.)
28 de Julio de 2014
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Nota:
62740
El Consejo de Estado determinó que la compra de buena fe de un vehículo robado puede constituir daño antijurídico atribuible a la administración. En el caso concreto se verificó que al accionante le fue inmovilizado su vehículo por haber sido objeto de hurto, pese a que la Policía Nacional le había informado que la matrícula no tenía problemas de esa índole. La Sala sostuvo que la expedición de certificaciones genera confianza pública, luego en el momento en que dicha información resulta irregular se genera una falla en el servicio generadora de responsabilidad (C. P. Mauricio Fajardo).
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