Expiden reglamentación del sistema único de gestión e información de la actividad litigiosa del Estado (4:30 p.m.)
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21 de Octubre de 2014
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El sistema de gestión e información de la actividad litigiosa del Estado (eKOGUI) es la única herramienta del Estado para el seguimiento de las actividades, procesos y procedimientos inherentes a la actividad judicial y extrajudicial ante las autoridades nacionales e internacionales. Así lo reglamentó el Ministerio de Justicia a través del Decreto 2052. Este sistema es el instrumento para la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a dichas actividades de la Nación, así como para monitorear y gestionar los procesos que se deriven de ellas, sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República. De acuerdo con la norma, el eKOGUI será utilizado y alimentado por las entidades y organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza y régimen jurídico y por aquellas entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos. Los jefes de control interno de cada entidad verificarán el cumplimiento de las obligaciones fijadas a través de procedimientos internos y deberán enviar semestralmente a la Andje certificación sobre el resultado de dicha revisión. Para finalizar, la norma precisa que deroga el Decreto 1795 del 2007.
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