Expiden porcentajes de componente inflacionario no constitutivos de renta (9:00 a.m.)
12 de Marzo de 2015
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Nota:
99267
Por el año gravable 2014, no constituiría renta ni ganancia ocasional el 82,06 % del valor de los rendimientos financieros percibidos por las personas naturales y sucesiones ilíquidas no obligadas a llevar libros de contabilidad, en los términos de los artículos 38, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario, acaba de determinar el Ministerio de Hacienda. Igual porcentaje se aplicará para las utilidades que los fondos mutuos de inversión, los fondos de inversión y los fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a esas personas. Además, para el mismo periodo, no constituirá costo ni deducción el 21,48 % de los intereses y demás costos y gastos financieros en que hayan incurrido estas mismas personas naturales y sucesiones ilíquidas. De igual manera, se presumirá que todo préstamo en dinero que otorguen las sociedades a sus socios o accionistas o viceversa generaría un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión del 4,34 %.
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